En esta página puedes
encontrar información sobre
Se contemplan las siguientes
categorías de Socios:
-
Emprendedor - persona física
-
Micropyme (menos de 10 empleados)
-
Pyme (de 10 a 250 empleados)
-
Empresa consolidada. Categoría especial para socios que logren que
su empresa prospere a gran empresa, pero que quieran permanecer en contacto
con el "mundo emprendedor". También para grandes empresas que quieran
establecer contactos con los emprendedores tecnológicos.
-
Inversores (tendrán acceso privilegiado a información
empresarial de los socios de las anteriores categorías)
-
Socios Institucionales.
Entidades que quieren promocionar el espíritu emprendedor tecnológico, como
universidades, centros tecnológicos, fundaciones, administraciones diversas...
-
Honorífico. Para personalidades, y para compañeros esforzados
que, contribuyendo con los fines de ASBAT, deciden abandonar sus proyectos y
volver "al otro lado de la nómina"
La aceptación de socios
requiere acreditar que la persona o entidad se ajusta a la categoría de socio a
la que quiere pertenecer, con la documentación adecuada al caso. La aceptación
se realizará:
 |
Basada en unos criterios
objetivos, pendientes de establecer |
 |
Analizando los documentos
aportados, por decisión de la Junta Directiva. |
 |
Por determinados méritos
previamente reconocidos. |
Todos los socios disfrutarán
de descuento en las actividades organizadas por la Asociación que no sean
gratuitas, y podrán participar en persona o mediante delegación en las Asambleas
que se convoquen.
Todos los socios tienen
derecho a voto en las Asambleas excepto de la categoría 1, por tratarse de una
modalidad que se espera temporal (en la medida en la que pasen a la categoría 2)
Sólo los socios de las
categorías 2 y 3 son elegibles como miembros de la Junta Directiva, para que
ASBAT sea liderada por pequeñas empresas de base tecnológica y se mantenga así
la filosofía que inspira su puesta en marcha.
 |
Los socios de categoría 5 (Inversores)
tienen el derecho de disponer de la siguiente información facilitada por los
socios de categorías 1, 2 y 3: |
Resumen
Ejecutivo de su proyecto empresarial
Ficha – resumen
con datos básicos (interés en captar inversores, nº empleados, facturación,
patentes, etc)
Actualización
periódica de estos datos, y envío inmediato de esta información de cada nuevo
socio de las citadas categorías 1, 2 y 3.
 |
Por su parte, los socios de
categoría 6 (Institucionales) tienen los siguientes derechos
específicos: |
Proponer nuevas
actividades a la Junta Directiva
Información de
las nuevas actividades de ASBAT antes de que sean públicas, con opción
preferente a participar y/o colaborar
Preferencia
frente a terceros en la organización de actividades conjuntas con ASBAT
(encuentros, cursos, conferencias…)
Participar en
las relaciones institucionales que se establezcan en su ámbito de actuación
(ejemplo: un socio institucional de una Comunidad Autónoma será informado e
invitado a participar en las relaciones que se establezcan con esa
administración regional)
Las cuotas
anuales aprobadas son las siguientes (IVA no incluido):
Socio |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
cuota € |
60 |
90 |
150 |
1000 |
2000 |
2000 |
0 |
|